Es la línea de ENISA con las condiciones económicas más favorables, y casi nadie lo cuenta. Frente a la línea general, paga menos intereses, se devuelve en más años y permite hasta siete de carencia. Está dirigida a empresas en las que una o varias mujeres ocupan una posición relevante de liderazgo, de cualquier sector.
Muchas empresas que cumplen los requisitos de Emprendedoras Digitales presentan por la línea general sin saber que están dejando dinero encima de la mesa. Estas son las dos condiciones donde la diferencia es material.
Tipo de interés del primer tramo. Emprendedoras Digitales: Euríbor a 12 meses más 2 puntos porcentuales para rating de A1 a C2, y más 3,75 puntos para rating C3. La línea general del FEPYME: Euríbor a 12 meses más un diferencial que va del 4,00% para rating A1 hasta el 6,00% para C3. Sobre 200.000 €, esa diferencia son varios miles de euros al año.
Plazo y carencia. Emprendedoras Digitales: hasta 9 años de amortización con hasta 7 de carencia de principal, sin que el vencimiento pueda superar el 31 de diciembre de 2034. La línea general: hasta 7 años, con carencia de hasta 5 pero de 2 con carácter general. Siete años sin devolver principal es una diferencia de runway que cambia el plan financiero entero.
El convenio exige que una o varias mujeres ostenten una posición relevante de liderazgo o de poder dentro de la sociedad: en el accionariado, en el órgano de administración o formando parte del equipo directivo. No fija un porcentaje mínimo de participación: el criterio es el liderazgo efectivo, y por eso la forma de acreditarlo en la memoria importa.
No es una línea solo para empresas tecnológicas. Cubre tanto a las que desarrollan y comercializan herramientas tecnológicas innovadoras como a las que, perteneciendo a cualquier sector, están inmersas en un proceso de adaptación a las nuevas tecnologías para mejorar su competitividad. Y admite tanto empresas de nueva creación como proyectos de consolidación, crecimiento o internacionalización: no hay límite de antigüedad.
El resto de requisitos son los de cualquier operación de ENISA: pyme según la definición comunitaria del Reglamento (UE) 651/2014, domicilio social en España, forma societaria mercantil, proyecto viable técnica y económicamente, y un modelo de negocio innovador o con ventajas competitivas claras. Quedan fuera los sectores financiero e inmobiliario.
Importe: de 25.000 € a 1.500.000 €. Amortización en cuotas constantes por trimestres naturales vencidos. Comisión de apertura del 0,5% del importe concedido. Sin garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial: no se avala con patrimonio personal.
El segundo tramo de interés es variable y solo se paga si la empresa gana dinero: se calcula como el porcentaje que el resultado antes de impuestos representa sobre los fondos propios medios del ejercicio, menos los puntos del primer tramo. Si sale negativo, el tipo es cero. Y está topado por rating: del 3,000% para A1 hasta el 8,000% para C3 en empresas con histórico, y del 3,000% al 6,000% en empresas sin él. Además nunca puede superar el 50% del resultado antes de impuestos ni el patrimonio neto.
Hay dos plazos que conviene tener en el calendario desde el primer día: las cuentas y la autoliquidación del segundo tramo se remiten dentro de los 9 meses siguientes al cierre del ejercicio, y la liquidación se practica a los 10. Si no se envía a tiempo, ENISA liquida directamente al tipo máximo. Hay regularización hasta el mes 11, pero con un recargo del 10% del interés máximo.
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Ver todas nuestras tarifas →¿Qué porcentaje de la empresa tiene que estar en manos de mujeres?
El convenio no fija ningún porcentaje. Lo que exige es que una o varias mujeres ostenten una posición relevante de liderazgo o de poder: en el accionariado, en el órgano de administración o en el equipo directivo. Al no haber umbral numérico, lo determinante es cómo se acredita ese liderazgo efectivo en la memoria y en la documentación societaria.
¿Tiene que ser una empresa tecnológica?
No. La línea cubre tanto a empresas que desarrollan y comercializan herramientas tecnológicas innovadoras como a empresas de cualquier sector que estén adaptándose a las nuevas tecnologías para mejorar su competitividad o su eficiencia. Una empresa de servicios, industrial o de consumo puede encajar perfectamente si el proyecto que presenta es de digitalización.
¿Hay límite de antigüedad de la empresa?
No. El convenio dice expresamente que la línea se dirige tanto a empresas de nueva creación como a las que estén considerando un proyecto de consolidación, crecimiento o internacionalización. Es una diferencia relevante con otras líneas históricas de ENISA, que sí acotaban la antigüedad.
¿Cuánto se paga realmente de intereses?
Hay dos tramos. El primero es fijo sobre índice: Euríbor a 12 meses más 2 puntos si tu rating va de A1 a C2, o más 3,75 puntos si es C3. El segundo es variable y solo se devenga si la empresa tiene beneficios, calculado sobre el resultado antes de impuestos respecto a los fondos propios medios; si el cálculo sale negativo, el tipo es cero. Ese segundo tramo está topado por rating entre el 3% y el 8%.
¿Hace falta aval o garantía personal?
No. El convenio establece que para la concesión del préstamo no se exigen, con carácter general, garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial. Es una de las razones por las que un préstamo participativo de ENISA no se compara bien con la deuda bancaria: ni diluye ni compromete patrimonio personal.
¿Puedo pedir Emprendedoras Digitales si ya tengo otro ENISA vivo?
El límite máximo por cliente es de 1.500.000 €, computado a nivel de grupo. Mientras la suma de tu riesgo vivo con ENISA no supere ese techo y la operación aguante el análisis, se puede. Lo que sí cambia es el importe máximo aprobable, que depende de tu rating y de tus fondos propios ponderados.
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