Es la línea general de ENISA y la que más operaciones firma cada año. Se rige por la Guía Operativa del FEPYME, el Fondo de Emprendimiento y de la PYME creado por la disposición adicional novena del Real Decreto-ley 8/2024 y adscrito al Ministerio de Industria y Turismo. Un aviso que no vas a leer en otras webs: los hitos del FEPYME estaban previstos hasta 2026 y la dotación no se ha prorrogado, así que la continuidad depende de los Presupuestos Generales del Estado. La línea sigue existiendo con las mismas condiciones, pero el calendario más allá de ese punto no está garantizado.
El requisito básico es corto: ser pyme según la definición europea y estar domiciliada en territorio nacional. Pero la guía abre una segunda vía que casi nadie explota.
Empresas domiciliadas en España
Sociedades mercantiles con condición de pyme europea —menos de 250 empleados y facturación inferior a 50 M€ o balance inferior a 43 M€— domiciliadas en territorio nacional. ENISA promueve además el reparto entre comunidades autónomas y evita la concentración territorial excesiva, lo que juega a favor de las empresas que no están en Madrid o Barcelona.
Empresas domiciliadas en la UE con interés en España
La guía admite expresamente a sociedades domiciliadas en la Unión Europea que tengan interés en España, entendiendo por tal una filial o centro de producción, investigación, servicio o desarrollo con domicilio social en España, con un número significativo de empleados y con la tenencia o el desarrollo de la tecnología. Si tu holding está en Holanda, Irlanda o Estonia —algo habitual después de una ronda internacional— no estás descartado: estás en el supuesto que casi nadie lee.
Y una advertencia sobre el grupo: el límite máximo por cliente es de 1.500.000 € contando riesgo vivo directo e indirecto a nivel de grupo de empresas. Se exceptúan los grupos formados por sociedades de capital riesgo, business angels o inversores institucionales, así que tener un fondo en el accionariado no te suma el riesgo de sus otras participadas.
Importe de 25.000 € a 1.500.000 €. Plazo de amortización de hasta 7 años, con carencia de principal de hasta 5 años aunque con carácter general se conceden 2. Amortización de principal y liquidación del primer tramo por trimestres naturales vencidos. Comisión de apertura del 0,5% del principal concedido. Sin garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial.
El interés tiene dos tramos. El primero es Euríbor a 12 meses más un diferencial que depende de tu rating: 4,00% para un A1, 4,50% para un A3, 5,00% para un B2, 5,50% para un C1 y 6,00% para un C3. El segundo solo se devenga si la empresa gana dinero —se calcula sobre el resultado antes de impuestos respecto a los fondos propios medios— y está topado en el 4,50% para un A1 y sube medio punto por escalón hasta el 6,50% de un C3. Si el cálculo sale negativo, ese tramo es cero. Hay además dos comisiones que conviene leer antes de firmar: la de amortización anticipada y la de vencimiento anticipado por cambio en la mayoría de control, ambas calculadas como si el segundo tramo se hubiera liquidado al tipo máximo hasta el vencimiento previsto. Vender la empresa antes de devolver el préstamo tiene precio, y está escrito.
Condiciones según la Guía Operativa del FEPYME de ENISA, el instrumento sobre el que se articula la línea Startups y Pymes.
El techo real de tu operación no es el de la línea, es el límite absoluto por rating. Con histórico financiero: 1.500.000 € un A1, 1.170.000 € un A3, 840.000 € un B2, 510.000 € un C1 y 180.000 € un C3. Sin histórico, que es el caso de la mayoría de startups: 300.000 € un A1, 270.000 € un A3, 240.000 € un B2, 210.000 € un C1 y 180.000 € un C3. Encima de eso se aplica un grado de apalancamiento sobre tus fondos propios ponderados, que prima las aportaciones más recientes. Pedir 800.000 € sin histórico no es ambicioso: es una solicitud que no puede aprobarse.
No se admiten a trámite las empresas en situación de morosidad con ENISA, las que tienen incidencias en ficheros de impagados, las que no cumplen la definición europea de pyme, los sectores excluidos —inmobiliario y financiero—, los modelos de negocio esencialmente especulativos que usen paraísos fiscales, los que impliquen graves riesgos sociales o medioambientales, los que incumplan el principio DNSH del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 y los que supongan riesgo reputacional para ENISA. Si el riesgo concedido supera los 300.000 €, o si tu empresa ya está legalmente obligada, auditoría externa de cuentas: no hacerla cuando se exige supone el rechazo en análisis y el interés variable máximo después.
Y hay un plazo que tumba expedientes buenos por pura logística: una vez enviada la solicitud tienes 30 días para subir toda la documentación —cuentas anuales de los tres últimos ejercicios depositadas, acta notarial de titularidad real, certificado de situación censal, escrituras de constitución y de todas las ampliaciones, cuentas de los socios con más del 25%, avance del ejercicio en curso—, todo firmado con certificado digital. Pasados los 30 días la solicitud queda abandonada y hay que empezar de cero. Es la causa más tonta de perder una operación, y la más fácil de evitar.
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Con la continuidad de la dotación pendiente de los Presupuestos Generales del Estado, esperar tiene un coste que antes no tenía. Si tu operación encaja, el momento de montarla bien es ahora.
Ver todas nuestras tarifas →¿La línea sigue abierta?
Sí, y con las mismas condiciones del FEPYME. Lo que no está resuelto es la prórroga: los hitos del Fondo de Emprendimiento y de la PYME estaban previstos hasta 2026 y la dotación no se ha prorrogado, de modo que la continuidad depende ahora de los Presupuestos Generales del Estado. No es motivo para no solicitar; es motivo para no dejarlo para el trimestre que viene.
¿Cuánto me pueden conceder de verdad?
El rango de la línea es de 25.000 € a 1.500.000 €, pero el límite absoluto lo marca tu rating. Con histórico financiero va de 1.500.000 € para un A1 a 180.000 € para un C3. Sin histórico —el caso de casi cualquier startup— el máximo es de 300.000 € para un A1 y baja hasta 180.000 € para un C3. Sobre eso se aplica un grado de apalancamiento en función de tus fondos propios ponderados, que puntúan al 100% las aportaciones del año en curso y del anterior. Por eso una ampliación de capital reciente mueve el importe más que cualquier argumento del plan de negocio.
¿Cuánto cuesta realmente el préstamo?
Depende de tu rating y de si ganas dinero. El primer tramo es Euríbor a 12 meses más un diferencial del 4,00% para un A1 hasta el 6,00% para un C3, y se paga siempre. El segundo solo se devenga si hay beneficio antes de impuestos, y está topado entre el 4,50% y el 6,50% según rating. Si tienes pérdidas, ese tramo es cero. A eso se suma un 0,5% de comisión de apertura sobre el principal. La conclusión práctica: subir un escalón de rating vale medio punto largo de interés durante siete años, y el rating se trabaja antes de solicitar, no después.
Mi matriz está fuera de España. ¿Puedo pedirla?
Probablemente sí. La guía admite sociedades domiciliadas en la Unión Europea con interés en España, entendiendo por tal tener una filial o un centro de producción, investigación, servicio o desarrollo con domicilio social en España, con un número significativo de empleados y con la tenencia o el desarrollo de la tecnología. Es el supuesto habitual de las startups que hicieron flip a una holding europea después de levantar ronda y dan por hecho que quedaron fuera de ENISA. Merece la pena revisarlo antes de descartarse solo.
¿Qué pasa después de enviar la solicitud?
Se abre un plazo de 30 días para subir toda la documentación obligatoria al portal del cliente, firmada con certificado digital. Si se agota, la solicitud queda abandonada y hay que presentar una nueva desde cero. Después viene admisión, análisis y decisión: el Comité de Inversión propone y aprueba el Consejero Delegado hasta 300.000 € o el Consejo de Administración por encima de esa cifra, que solo pueden aprobar sin modificaciones o vetar. Por eso el expediente se gana o se pierde antes de enviarlo: después ya no se negocia.
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