Deducciones I+D+i 2026: porcentajes, monetización e IMV

Guía actualizada de deducciones fiscales por I+D+i en España: porcentajes legales, base, subvenciones, límites, monetización, IMV y relación con bonificaciones de Seguridad Social.

Alberto Hospital
Alberto Hospital
September 7, 2026
September 7, 2026
Deducciones I+D+i 2026: porcentajes, monetización e IMV
En este artículo

Las deducciones por I+D+i son un incentivo fiscal del artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. No son una subvención ni requieren convocatoria: reducen la cuota del Impuesto sobre Sociedades cuando la empresa realiza actividades que cumplen la definición legal de investigación, desarrollo o innovación tecnológica.

En 2026, la referencia básica sigue siendo: 25% en I+D, 42% sobre el exceso de gasto respecto a la media de los dos ejercicios anteriores, 17% adicional para personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a I+D y 12% para innovación tecnológica.

Esta guía separa los porcentajes legales de ejemplos y criterios de gestión. Para el servicio de Premoney: Deducciones fiscales I+D+i.

I+D e innovación tecnológica no son lo mismo

La calificación depende de la naturaleza real de las actividades, no de que la empresa sea tecnológica o utilice software.

I+D

Incluye investigación original y planificada y desarrollo basado en conocimiento científico o tecnológico para obtener nuevos productos, procesos o mejoras tecnológicas sustanciales. La calificación debe apoyarse en el estado del arte, la incertidumbre técnica y las actividades ejecutadas.

Innovación tecnológica

La LIS define innovación tecnológica con sus propios supuestos y gastos elegibles. No debe resumirse como “cualquier novedad interna para la empresa”: la actividad debe encajar en la definición legal del artículo 35.2.

Porcentajes de deducción

  • I+D: 25% de los gastos del período.
  • Exceso de I+D: 42% sobre la parte que excede de la media de gastos de I+D de los dos ejercicios anteriores.
  • Personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a I+D: 17% adicional sobre ese gasto.
  • Inversiones en elementos de inmovilizado material e intangible afectos exclusivamente a I+D, excepto edificios y terrenos: 8% adicional.
  • Innovación tecnológica: 12% de los gastos que encajen en la definición legal.

Por eso expresiones como “hasta el 59% de todo el proyecto” son incorrectas. El 59% solo puede aparecer como suma del 42% y el 17% sobre una partida concreta de personal investigador que cumpla ambos supuestos.

La base se minora por subvenciones imputadas como ingreso

Las subvenciones recibidas para financiar las mismas actividades y que se imputen como ingreso en el período reducen la base de la deducción en los términos de la LIS. Conviene mapear proyecto, ayuda y gasto antes del cierre.

Aplicación y monetización

Las deducciones del artículo 35 pendientes pueden aplicarse en los 18 años inmediatos y sucesivos. Además, el artículo 39.2 permite aplicar o solicitar el abono de determinadas deducciones I+D+i sin los límites generales de cuota, con un descuento del 20% y cumpliendo requisitos específicos.

No debe presentarse como un “cashback automático”: exige condiciones de plazo, mantenimiento de plantilla, reinversión y documentación, entre otras.

Informe Motivado Vinculante

El IMV aporta seguridad jurídica sobre la calificación científico-tecnológica en los términos legales. No es obligatorio para toda deducción, pero puede ser exigido o resultar especialmente relevante en determinados procedimientos, incluida la aplicación del artículo 39.2.

Evito fijar un “coste típico” universal del IMV porque el coste depende de certificadora, número de proyectos, complejidad y alcance.

Bonificaciones de Seguridad Social: incentivo distinto

Las bonificaciones al personal investigador no son parte de la deducción fiscal. Tienen su propia normativa, requisitos y compatibilidad. El Sello Pyme Innovadora es especialmente relevante para compatibilizar ambos incentivos en pymes innovadoras en los supuestos previstos.

Qué documentar

  • memoria técnica contemporánea;
  • estado del arte y retos técnicos;
  • horas y dedicación del personal;
  • facturas y contratos vinculados;
  • criterio de reparto de gastos;
  • subvenciones relacionadas;
  • evidencias de entregables y resultados.

Fuentes y última revisión

Última revisión: 7 de septiembre de 2026. Fuentes principales: artículos 35 y 39 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, AEAT y normativa aplicable a informes motivados y bonificaciones de personal investigador.

Errores frecuentes

❌ Llamar I+D a cualquier desarrollo de software

La calificación depende del contenido técnico y la definición legal, no del sector.

❌ Decir “59% de deducción” sin explicar la base

El 17% adicional solo afecta al personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a I+D.

❌ Tratar innovación tecnológica como cualquier novedad para la empresa

Debe encajar en el artículo 35.2 de la LIS.

❌ Olvidar las subvenciones

Las ayudas relacionadas pueden minorar la base de deducción.

❌ Presentar la monetización como cobro automático

El artículo 39.2 tiene requisitos y descuento del 20%.

❌ Usar un precio estándar de IMV como dato normativo

Los honorarios dependen del proveedor y del expediente.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje se deduce en I+D?

El 25% con carácter general y el 42% sobre el exceso respecto a la media de los dos ejercicios anteriores.

¿Qué porcentaje se deduce en innovación tecnológica?

El 12% de los gastos que cumplan la definición legal.

¿Existe un 17% adicional?

Sí, sobre los gastos de personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a actividades de I+D.

¿Puedo guardar deducciones si no tengo cuota?

Las deducciones del artículo 35 pendientes pueden aplicarse en los 18 años inmediatos y sucesivos.

¿Se pueden monetizar?

El artículo 39.2 permite determinados supuestos de aplicación o abono con descuento del 20%, sujeto a requisitos.

¿El IMV es obligatorio siempre?

No. Su necesidad depende del procedimiento y del nivel de seguridad jurídica buscado.

Conclusión

La oportunidad fiscal existe, pero el valor está en clasificar bien las actividades y documentarlas. Primero identifica I+D o innovación tecnológica; después calcula base, subvenciones, límites y estrategia de aplicación.

Para revisar un proyecto: Deducciones fiscales I+D+i.

Alberto Hospital

ESCRITO POR

Alberto Hospital

CEO y fundador de Premoney. Cofundador de Freightol y Levels Up Ventures, business angel en más de 35 startups y ex director de proyectos en Lanzadera. Ha dirigido más de 410 expedientes de financiación pública desde 2015.

Sobre el autor

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